{"id":11519,"date":"2026-02-04T13:12:05","date_gmt":"2026-02-04T13:12:05","guid":{"rendered":"https:\/\/velo.riodigital.com.ar\/?p=11519"},"modified":"2026-02-26T13:12:17","modified_gmt":"2026-02-26T13:12:17","slug":"panorama-2026-del-mercado-fintech-en-panama","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/blog\/panorama-2026-del-mercado-fintech-en-panama\/","title":{"rendered":"Panorama 2026 del Mercado Fintech en Panam\u00e1"},"content":{"rendered":"<h5 class=\"wp-block-heading\">El Ecosistema Fintech en Cifras<\/h5>\n\n\n\n<p>El ecosistema de innovaci\u00f3n financiera en Panam\u00e1 contin\u00faa su consolidaci\u00f3n como uno de los m\u00e1s din\u00e1micos de Centroam\u00e9rica. Seg\u00fan datos de Misi\u00f3n Lunar publicados en septiembre de 2025, Panam\u00e1 cuenta con aproximadamente 72 empresas Fintech activas, posicion\u00e1ndose como l\u00edder regional en este sector. Este crecimiento representa una evoluci\u00f3n significativa desde las 30 empresas registradas hace apenas dos a\u00f1os, reflejando la transici\u00f3n de un mercado emergente hacia un entorno m\u00e1s estructurado y maduro.<\/p>\n\n\n\n<p>La vertical con mayor presencia contin\u00faa siendo PayTech, concentr\u00e1ndose en soluciones de pago digital que responden a la creciente demanda de transacciones sin efectivo y plataformas de procesamiento \u00e1gil. Las plataformas de pr\u00e9stamos (Lending) representan el segundo segmento m\u00e1s activo, desarrollando modelos de otorgamiento \u00e1gil con an\u00e1lisis alternativo de riesgo crediticio, especialmente dirigidos a personas naturales y pymes que tradicionalmente enfrentan limitaciones de acceso al sistema financiero convencional.<\/p>\n\n\n\n<p>El ecosistema tambi\u00e9n ha diversificado su oferta con la presencia de Empresas de Tecnolog\u00edas para Instituciones Financieras (ET-FI&#8217;s), que proporcionan infraestructura tecnol\u00f3gica cr\u00edtica para bancos y entidades reguladas, desde APIs de integraci\u00f3n hasta motores de automatizaci\u00f3n y soluciones de an\u00e1lisis de datos. Otras verticales relevantes incluyen RegTech, enfocadas en cumplimiento automatizado; Neobancos, que ofrecen servicios financieros completamente digitales; InsurTech, especializadas en tecnolog\u00eda para seguros; y plataformas de Open Finance, que facilitan la interoperabilidad entre servicios financieros. El sector tambi\u00e9n incluye soluciones vinculadas a DeFi y criptoactivos, Business Financial Management, WealthTech y plataformas de crowdfunding.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Desarrollo Legislativo 2026: Proyecto de Ley 487<\/h5>\n\n\n\n<p>En un hito importante para el ecosistema Fintech paname\u00f1o, el 13 de enero de 2026 fue presentado ante la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley N\u00b0 487, conocido como <strong>\u00abLey Marco Integral de Tecnolog\u00edas Financieras (Fintech) Panam\u00e1\u00bb<\/strong>. Este proyecto fue prohijado el 20 de enero de 2026 y actualmente se encuentra pendiente de primer debate en la Asamblea Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta iniciativa legislativa representa el primer esfuerzo integral y estructurado para regular el sector Fintech en Panam\u00e1, marcando un punto de inflexi\u00f3n en la evoluci\u00f3n del ecosistema financiero digital del pa\u00eds. El proyecto busca crear un marco normativo moderno, seguro y competitivo que impulse el desarrollo del sector mientras garantiza la protecci\u00f3n de los usuarios y la estabilidad del sistema financiero.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Pilares del Proyecto de Ley 487<\/h5>\n\n\n\n<p>El proyecto se estructura sobre seis ejes principales que buscan equilibrar innovaci\u00f3n, competitividad y protecci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 R\u00e9gimen Especial de Licenciamiento: <\/strong>Creaci\u00f3n de un sistema de licencias Fintech proporcional y diferenciado, que evita aplicar requisitos dise\u00f1ados exclusivamente para la banca tradicional. Se contemplan modalidades espec\u00edficas para PayTech, Crowdfunding, Neobancos, Activos Digitales, WealthTech, InsurTech y RegTech, adem\u00e1s de una Licencia Simplificada para micro y peque\u00f1as empresas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 Registro Nacional Fintech: <\/strong>Establecimiento de un registro p\u00fablico administrado por la Superintendencia de Bancos de Panam\u00e1 (SBP), que centralizar\u00e1 la informaci\u00f3n de todas las empresas Fintech operando en el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 Sandbox Regulatorio: <\/strong>Creaci\u00f3n de un entorno controlado de pruebas donde las empresas puedan desarrollar y probar modelos de negocio innovadores con usuarios reales durante un per\u00edodo de hasta 24 meses, con posibilidad de pr\u00f3rroga de 12 meses adicionales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 Consejo Interinstitucional Fintech:<\/strong> \u00d3rgano de coordinaci\u00f3n p\u00fablico-privada integrado por representantes del Ministerio de Econom\u00eda y Finanzas (MEF), Superintendencia de Bancos de Panam\u00e1 (SBP), Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), Superintendencia de Seguros y Reaseguros (SSR), Superintendencia de Sujetos No Financieros (SSNF), Unidad de An\u00e1lisis Financiero (UAF), Secretar\u00eda Nacional de Ciencias y Tecnolog\u00eda (SENACYT), la C\u00e1mara Fintech de Panam\u00e1 y el sector acad\u00e9mico, responsable de dise\u00f1ar pol\u00edticas p\u00fablicas, coordinar el sandbox regulatorio y promover la educaci\u00f3n financiera digital.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 Protecci\u00f3n al Consumidor Digital:<\/strong> Establecimiento de derechos espec\u00edficos para usuarios de servicios Fintech, incluyendo transparencia, protecci\u00f3n de datos personales, seguridad digital, resoluci\u00f3n de disputas y educaci\u00f3n financiera digital, con obligaciones claras para las empresas en materia de ciberseguridad y prevenci\u00f3n de fraudes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 Fondo Nacional de Innovaci\u00f3n Financiera: <\/strong>Mecanismo mixto de financiamiento (Estado, sector privado y organismos multilaterales) destinado a financiar startups, promover incubadoras, facilitar acceso a capital de riesgo y respaldar investigaci\u00f3n en tecnolog\u00edas emergentes como inteligencia artificial, blockchain y big data.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Novedades que introduce el Proyecto de Ley 487<\/h5>\n\n\n\n<p>El Proyecto de Ley 487 introduce varios elementos novedosos que posicionar\u00edan a Panam\u00e1 a la vanguardia regulatoria regional:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 Open Banking y Finanzas Abiertas (Cap\u00edtulo IX): <\/strong>Adopci\u00f3n progresiva de un modelo de banca abierta bajo principios de consentimiento informado, seguridad de la informaci\u00f3n, interoperabilidad y neutralidad tecnol\u00f3gica. Los usuarios podr\u00e1n autorizar el acceso a sus datos financieros a terceros proveedores mediante APIs seguras, con derechos espec\u00edficos de revocaci\u00f3n y trazabilidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 Regulaci\u00f3n de Inteligencia Artificial (Cap\u00edtulo X): <\/strong>Marco espec\u00edfico para el uso de IA en servicios financieros, estableciendo principios de transparencia, no discriminaci\u00f3n, proporcionalidad y responsabilidad humana. Se contempla supervisi\u00f3n y auditor\u00eda algor\u00edtmica, con requisitos de documentaci\u00f3n t\u00e9cnica y evaluaciones de impacto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 Transparencia en Plataformas Estatales: <\/strong>Disposiciones espec\u00edficas que proh\u00edben la operaci\u00f3n de plataformas tecnol\u00f3gicas estatales de pago o transferencias sin contrato formal aprobado y debidamente registrado, en respuesta a experiencias recientes durante la pandemia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 R\u00e9gimen Sancionatorio Gradual: <\/strong>Sistema de infracciones clasificadas en leves, graves y muy graves, con multas que van desde B\/. 50,000 hasta B\/. 2,000,000, adem\u00e1s de suspensiones, revocaciones de licencia e inhabilitaciones de directivos.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Armonizaci\u00f3n con el Marco Legal Vigente<\/h5>\n\n\n\n<p>El proyecto introduce modificaciones espec\u00edficas a leyes existentes para evitar duplicidades y crear un r\u00e9gimen coherente:<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022<strong> Ley 42 de 2001 (Sociedades Financieras):<\/strong> Permite que sociedades financieras con actividades Fintech opten por inscribirse en el Registro Nacional Fintech, quedando exentas de requisitos de capital m\u00ednimo tradicionales.<br><strong>\u2022 Ley 48 de 2003 (Remitentes de Dinero): <\/strong>Excluye a empresas de pagos electr\u00f3nicos y billeteras digitales reguladas bajo el r\u00e9gimen Fintech de la obligaci\u00f3n de inscribirse como remitentes de dinero.<br><strong>\u2022 Ley 5 de 2007 (Avisos de Operaci\u00f3n): <\/strong>Except\u00faa a empresas Fintech inscritas de tramitar aviso de operaci\u00f3n comercial ante el MICI, salvo que desarrollen actividades adicionales no reguladas.<br><strong>\u2022 Ley 23 de 2015 (ALD\/CFT): <\/strong>Incorpora expresamente a las empresas Fintech como sujetos obligados a prevenci\u00f3n de blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Per\u00edodo de Transici\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto contempla un per\u00edodo de transici\u00f3n de 12 meses para que las sociedades financieras bajo Ley 42 de 2001, remitentes de dinero bajo Ley 48 de 2003, y empresas operando \u00fanicamente con aviso del MICI soliciten su inscripci\u00f3n en el Registro Nacional Fintech. Durante este per\u00edodo podr\u00e1n continuar operando bajo su licencia original, siempre que cumplan con requisitos b\u00e1sicos de transparencia y supervisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Contexto Normativo Actual<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Hasta la presentaci\u00f3n del Proyecto de Ley 487, Panam\u00e1 no contaba con una ley Fintech integral que regulara espec\u00edficamente estas actividades. Las empresas del sector operaban aplicando marcos normativos existentes, incluyendo legislaci\u00f3n bancaria (Decreto Ejecutivo 52 de 2008), valores (Ley 1 de 1999), remesas, cr\u00e9dito (Ley 42 de 2001), comercio electr\u00f3nico (Ley 51 de 2008), protecci\u00f3n al consumidor (Ley 45 de 2007), protecci\u00f3n de datos personales (Ley 81 de 2019) y prevenci\u00f3n de blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta estructura normativa fragmentada exig\u00eda un an\u00e1lisis legal muy meticuloso para cada modelo de negocio, pero tambi\u00e9n permit\u00eda flexibilidad y capacidad de adaptaci\u00f3n para proyectos innovadores que contaban con estructuras legales bien dise\u00f1adas. La Superintendencia de Bancos de Panam\u00e1 hab\u00eda expresado previamente su inter\u00e9s en desarrollar un borrador de ley que estableciera un sistema nacional de pagos electr\u00f3nicos, lo cual el Proyecto de Ley 487 aborda de manera integral.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Posicionamiento Estrat\u00e9gico de Panam\u00e1<\/h5>\n\n\n\n<p>Nuestra econom\u00eda dolarizada, combinada con su rol hist\u00f3rico como centro de servicios financieros internacional y la creciente demanda de soluciones digitales, posicionan a nuestro pa\u00eds como un entorno atractivo para modelos financieros basados en tecnolog\u00eda. La infraestructura financiera existente, la conectividad regional y el nivel de bancarizaci\u00f3n, aunque con espacios de mejora en inclusi\u00f3n financiera, constituyen ventajas competitivas significativas.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, Panam\u00e1 enfrenta desaf\u00edos importantes que el Proyecto de Ley 487 busca abordar. Seg\u00fan datos del Global Findex del Banco Mundial, existe una brecha considerable en la adopci\u00f3n de servicios financieros digitales: solo el 25% de la poblaci\u00f3n utiliza pagos electr\u00f3nicos, comparado con un 32.5% promedio regional y 83% en pa\u00edses de ingreso alto. Asimismo, \u00fanicamente el 69% de las empresas dispone de cuenta bancaria, significativamente por debajo del promedio latinoamericano del 87.7%.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Tendencias y Desarrollo del Sector<\/h5>\n\n\n\n<p>Desde nuestra posici\u00f3n como firma de abogados, referentes en el sector Fintech (Rankeados por Chambers &amp; Partners &#8211; Fintech 2026 en banda 1), observamos de primera mano la evoluci\u00f3n del mercado. Nuestra experiencia diaria confirma un cambio significativo en las prioridades de los emprendedores y empresas Fintech: existe un mayor \u00e9nfasis en estructuraci\u00f3n legal, licenciamiento, cumplimiento normativo y protecci\u00f3n de datos desde las fases iniciales de los proyectos.<\/p>\n\n\n\n<p>La interacci\u00f3n entre entidades financieras tradicionales, empresas de tecnolog\u00eda y autoridades regulatorias se ha intensificado, generando un di\u00e1logo m\u00e1s t\u00e9cnico y especializado. El objetivo ya no se limita \u00fanicamente al lanzamiento de productos digitales, sino a su estructuraci\u00f3n mediante contratos robustos, pol\u00edticas claras de cumplimiento y esquemas que permitan escalabilidad del modelo de negocio sin comprometer la trazabilidad, transparencia ni seguridad jur\u00eddica.<br>La presentaci\u00f3n del Proyecto de Ley 487 acelera esta tendencia y valida el enfoque proactivo que muchas empresas del sector han adoptado en materia de cumplimiento preventivo.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Perspectivas<\/h5>\n\n\n\n<p>Panam\u00e1 se encuentra en un momento hist\u00f3rico para su ecosistema Fintech. La presentaci\u00f3n del Proyecto de Ley 487 representa un avance sin precedentes hacia la consolidaci\u00f3n de un marco regulatorio integral que equilibre innovaci\u00f3n, competitividad y protecci\u00f3n. Si bien el proyecto a\u00fan debe atravesar el proceso legislativo completo (tres debates en la Asamblea Nacional), su mera presentaci\u00f3n ya genera impactos positivos en el sector:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 Mayor certeza jur\u00eddica para inversionistas: <\/strong>La existencia de un proyecto legislativo concreto permite a inversionistas y emprendedores anticipar el marco regulatorio futuro y tomar decisiones estrat\u00e9gicas informadas.<br><strong>\u2022 Se\u00f1al al mercado internacional: <\/strong>El proyecto posiciona a Panam\u00e1 como jurisdicci\u00f3n proactiva en materia de regulaci\u00f3n Fintech, comparable con l\u00edderes regionales como M\u00e9xico, Brasil, Colombia y Chile.<br><strong>\u2022 Oportunidad de participaci\u00f3n sectorial:<\/strong> El proceso legislativo abre espacios para que el ecosistema Fintech (empresas, gremios, academia) contribuya con observaciones t\u00e9cnicas que enriquezcan el texto final.<\/p>\n\n\n\n<p>La adopci\u00f3n de tecnolog\u00edas como inteligencia artificial, blockchain, big data y APIs continuar\u00e1 expandi\u00e9ndose, y el proyecto de ley contempla marcos espec\u00edficos para su regulaci\u00f3n. La inclusi\u00f3n financiera permanecer\u00e1 como uno de los grandes desaf\u00edos y oportunidades para el sector, con disposiciones expresas que obligan a las empresas Fintech a incluir productos orientados a poblaci\u00f3n no bancarizada.<\/p>\n\n\n\n<p>Para las empresas Fintech que consideran operar en Panam\u00e1, la capacidad de integrar elementos de cumplimiento normativo y estructuraci\u00f3n legal desde etapas tempranas ser\u00e1 determinante para el \u00e9xito a largo plazo. El conocimiento profundo del marco legal vigente, la anticipaci\u00f3n de cambios regulatorios derivados del Proyecto de Ley 487, y el dise\u00f1o de modelos de negocio que equilibren innovaci\u00f3n con responsabilidad legal constituyen factores fundamentales para operar con seguridad.<\/p>\n\n\n\n<p>El siguiente paso natural ser\u00e1 el an\u00e1lisis en la Asamblea Nacional de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1. El ecosistema Fintech paname\u00f1o observa con expectativa este proceso hist\u00f3rico que de materializarse, marcar\u00e1 el futuro del sector financiero digital en el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Sobre Vel\u00f3 Legal<\/h5>\n\n\n\n<p>Vel\u00f3 Legal es la primera firma NewLaw de Panam\u00e1, fundada en 2019 con el compromiso de redefinir los servicios legales tradicionales mediante metodolog\u00edas \u00e1giles, tecnolog\u00eda de vanguardia y enfoque centrado en el cliente. Reconocida por Chambers &amp; Partners como Band 1 en su gu\u00eda Fintech de los \u00faltimos a\u00f1os, Vel\u00f3 Legal se especializa en Derecho corporativo, financiero, fintech y tecnolog\u00eda, posicion\u00e1ndose como l\u00edder en la transformaci\u00f3n de servicios legales en Panam\u00e1 y la regi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Nuestro departamento Corporate\/Digital (Fintech) se especializa en tecnolog\u00eda blockchain, plataformas de pago digital, privacidad de datos y cumplimiento regulatorio. Hemos asesorado a empresas l\u00edderes en estructuraci\u00f3n legal, licenciamiento y cumplimiento normativo, contribuyendo activamente a iniciativas de pol\u00edtica p\u00fablica incluyendo regulaciones para la Ley de Protecci\u00f3n de Datos Personales de Panam\u00e1 y firma electr\u00f3nica.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p>Para consultas sobre estructuraci\u00f3n legal de proyectos Fintech en Panam\u00e1, cont\u00e1ctenos en <a href=\"https:\/\/velo-legal.com\/en\/\">www.velo-legal.com<\/a><\/p>\n<\/blockquote>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Ecosistema Fintech en Cifras El&hellip;<\/p>","protected":false},"author":1,"featured_media":11520,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-11519","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-uncategorized"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11519","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=11519"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11519\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/11520"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=11519"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=11519"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/velo-legal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=11519"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}